La premura del MAS para aprobar la Ley de Emergencia Sanitaria tenía como apremiante una exigencia del mecanismo Covax que entregará vacunas gratuitas contra el Covid-19 y de los laboratorios que suministrarán el inmunizante, reveló el ministro de Justicia, Iván Lima.

“Es una ley que necesitamos con urgencia para cumplir ciertos requerimientos internacionales del mecanismo Covax y de los laboratorios”, dijo el ministro en una entrevista a una red televisiva.

Entre miércoles y jueves la Ley fue considerada por Diputados y Senadores que aprobaron los cambios propuestos por el Colegio Médico de Bolivia y solo se espera la promulgación de esta norma que regula la atención de la pandemia del coronavirus.

La disposición final segunda es la única referencia que hace la Ley respecto de los organismos internacionales de salud y las condiciones de financiamiento. “Los recursos disponibles del fondo rotatorio de la Organización Panamericana de la Salud OPS y la Organización Mundial de la Salud OMS serán destinados para cubrir los gastos de esta emergencia, otros recursos de cooperación internacional podrán también ser destinados al mismo fin”, señala ese precepto.

Laboratorios

Pero el ministro habló que esta ley también era un requerimiento de los laboratorios internacionales y en ese sentido hay cinco artículos que hacen referencia a la importación de insumos desde esos recintos.

El artículo 18 señala que, para las pruebas de diagnóstico, vacunas, medicamentos y dispositivos médicos, además de los reactivos necesarios para la prevención, diagnóstico, contención y tratamiento del virus, “se aplicará la homologación a aquellos que cuenten con registros sanitarios de al menos una alta autoridad de vigilancia de otro país”, los mismos que tendrán una vigencia de dos años a partir de la fecha de emisión.

El artículo 27 de esta Ley autoriza las contrataciones directas de bienes, obras y servicios tanto en territorio nacional “como en el extranjero”.

El artículo 29 manda a las entidades públicas incluir en los contratos de adquisición de pruebas diagnósticas, vacunas, medicamentos, insumos, reactivos y tecnología, “cláusulas que establezcan el reconocimiento de la normativa extranjera aplicable a los contratos, así como jurisdicción y competencia de tribunales arbitrales con sede en el extranjero, exclusivamente respecto de los reclamos que se pudiera producir en dicha jurisdicción con relación a dicha adquisición”.

El artículo 32 autoriza a la Aduana Nacional a despachar todas estas compras en un plazo máximo de 24 horas ya sean de compra directa o de donación, importados a partir de la vigencia de la Ley.

El artículo 33 establece que las entidades públicas que importen pruebas diagnósticas, vacunas, medicamentos, insumos y reactivos, además de equipos médicos necesarios para la prevención y contención de emergencias sanitarias estarán exentas del pago de tributos.

Asimismo, las mercancías no requerirán de declaración correspondiente y el despacho aduanero se efectuará bajo la modalidad de Destino Aduanero de Envíos de Socorro.

La ley fue sancionada por Diputados y su presidente, Freddy Mamani, anunció su promulgación para las próximas horas.

Por: El Deber

Por Condori Luis Pedro

Diseñador y Administrador de Noticias en la Web

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