Ante el anuncio del Gobierno, que aprobó el Decreto Supremo No. 4522, promulgado el 16 de junio de este año, cuya norma modifica, de manera temporal, los aranceles para la importación de productos agropecuarios, economistas y no economistas, en las redes sociales, señalan que la medida solo fomentará el contrabando.
Según el Gobierno, la medida tiene el propósito de apoyar y fomentar la producción agrícola y pecuaria, y reactivar a este sector productivo nacional. Los productores agropecuarios presionaron a las autoridades a implementar medidas contra el ingreso de productos.
El economista José Gabriel “Espinoza, en su twitter, escribió: Pregunta de examen de ECO 101: En una economía pequeña, muy abierta y con tipo de cambio apreciado, subir aranceles va a: A) fomentar contrabando, porque (dahh) los aranceles sólo aplican a importaciones legales y B) la gente va a ir en contra de toda racionalidad y razonarán así”.
Los internautas se inclinaron por la primera, puesto que la medida solo aplica para aquellos productos que ingresan de forma legal, y de países vecinos, con los cuales Bolivia tiene acuerdos comerciales.
“Los principales proveedores de estos productos a Bolivia son países (de la) Comunidad Andina de Naciones (CAN), Mercado Común del Sur (Mercosur) y Chile mediante un Acuerdo de Complementación Económica (ACE), para los cuales no afecta los aranceles NMF. Así que solo se verán afectadas las importaciones de frutillas de Israel, pollo de la china y cacao de Brunei”, señala un internauta.
Como se recordará, hace dos semanas atrás, y recientemente los agropecuarios del oriente, exigieron a las autoridades nacionales acciones concretas contra el ingreso de productos agropecuarios vía contrabando.

Norma
La norma establece un incremento del 100 % del Gravamen Arancelario vigente para la papa, tomate, cebolla, manzana y frutilla conforme a lo acordado con las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) y el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT). Esta medida estará vigente hasta el 31 de agosto de 2021 en consideración al calendario agrícola, señala un boletín del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
De igual forma, se estable una nueva alícuota del GA para la importación de carne de pollo, la leche en polvo y el cacao hasta el 31 de diciembre de 2021.
Esta medida se implementará de manera inmediata y una vez cumplidas las fechas de la vigencia de la norma, se restituirán los niveles arancelarios del GA.
La ley puntualiza que es necesario establecer medidas arancelarias con el propósito de sustituir la importación de dichos alimentos; brindando respuestas inmediatas a las demandas de pequeños y medianos productores del sector, que afrontan la crisis sanitaria a raíz de la pandemia y la recesión económica provocada por el gobierno transitorio.
“Estamos fortaleciendo la sustitución de importaciones y reactivando el aparato productivo agrícola nacional. Por ello, mediante DS modificamos los aranceles para importación de carne de pollo, leche en polvo, cacao, papa, tomate, cebolla, manzana y frutilla”, escribió el presidente del Estado Plurinacional, Luis Arce Catacora, en su cuenta de Twitter.

Por Jesus

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