El abogado constitucionalista, Julio Veizaga, explicó hoy que cuando el tribunal de garantías constitucionales que admitió el recurso de amparo presentado por el alcalde de Cochabamba, Manfred Reyes Villa, se pronuncie sobre el mismo, el caso tendría que volver a la Sala Penal donde se trató el proceso y esta instancia debe pronunciarse sobre el tema de fondo. 

“En estas circunstancias indudablemente queda en suspenso el tema de tratamiento inmediato del mandamiento de condena, aunque el tribunal de garantías constitucionales específicamente no admitió la aplicación de la medida cautelar, en tanto se realice la audiencia de amparo constitucional, pero entendemos que en tanto se realice la audiencia no tienen por qué ejecutar la sentencia, porque en el fondo lo que está planteando la acción de amparo es la admisión de ese recurso de casación por una sala del tribunal de justicia”, detalló. 

Veizaga añadió que el tribunal tendrá que pronunciarse si “da curso al recurso o no” y en caso de dar curso, la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia “debe” pronunciarse sobre el fondo de la acción de amparo. 

“Una vez que el tribunal se pronuncie y diga ‘a lugar’, el caso entrara a la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia. Su decisión es de cumplimiento obligatorio, inmediato, no tienen por qué esperar”, señaló el constitucionalista. 

Por Jesus

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